Energía y clima en la Europa del siglo XXI

31 octubre 2009

Encarna Hernández

"Energía sostenible" Fotografía: Servicio Audiovisual de la Comisión Europea

En 2007 se cumplieron cincuenta años de la firma de los Tratados de Roma. Este dato, traducido al lenguaje de la cooperación en materia de energía en el seno de la Unión, significa que llevamos otros tantos cincuenta años sin una política energética común. La ausencia de una comunidad europea de la energía ha significado para Europa, cada vez en mayor medida, una problemática dependencia energética del exterior. Es hoy cuando la cuestión del suministro de energía no puede acometerse ya sin las necesarias sinergias con el imperativo de la sostenibilidad. En el actual estado de las cosas, energía y lucha contra el cambio climático se configuran como dos ámbitos de actuación comunitaria que requieren esfuerzos más que paralelos, inseparables.

Cuando, poco antes de ser reelegido como presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durao Barroso afirmaba que la energía y el clima eran equiparables hoy en relevancia a lo que el carbón y el acero significaron en los primeros pasos de la integración europea, estaba poniendo el acento en la ausencia histórica e inexplicable de una política energética común.

La resistencia de este núcleo rígido de la soberanía estatal que tiene que ver con la seguridad del suministro energético ha impedido que en las últimas décadas el proceso de la integración europea haya avanzado de forma efectiva hacia el establecimiento de una auténtica solidaridad de hecho en materia energética, como se hizo en su día con el carbón y el acero. Lejos de una política de la energía comunitaria, lo que se ha percibido son las contradicciones de tantas políticas energéticas como países miembros se han ido integrando en la Unión.

¿Cómo es posible que no se haya impulsado ya de forma definitiva una comunidad europea de la energía, dada la excesiva dependencia energética exterior de la UE? ¿Cómo es posible que la Unión no haya sido capaz de hablar con una sola voz para negociar con terceros países su suministro energético? ¿Acaso la dependencia energética de la UE no le hace perder peso en la diplomacia exterior, en la presión, sin ir más lejos, hacia su principal proveedor, Rusia, como pudimos comprobar en el crisis del Cáucaso del pasado verano de 2008? ¿Para cuando, entonces, una voz común?

Las relaciones bilaterales UE-Rusia son un ejemplo esclarecedor para todas estas cuestiones. La crisis del gas entre Ucrania y Rusia puso en peligro el suministro energético a los países de la UE a principios de 2009, en pleno invierno, poniendo de manifiesto la dependencia energética europea. No era la primera vez que ocurría algo así, razón de más para que Europa busque definitivamente aunar esfuerzos para garantizar una mayor seguridad en el suministro, diversificar las fuentes y negociar de forma común el suministro del exterior.

Pero, en el actual estado de las cosas, todo ello debe hacerse desde el enfoque de la sostenibilidad, impulsando la independencia energética a través del desarrollo de energías limpias. El esfuerzo es doble y a través de dos vías inseparables: energía y lucha contra el cambio climático.

Que la energía y el clima son actualmente los dos principales pilares en la cooperación europea, así como los problemas más candentes de entre los actuales desafíos globales (junto con el terrorismo internacional), lo dejó bien claro el nuevo presidente del Parlamento Europeo, Jerzy Buzek, en su primer discurso ante la Eurocámara, cuando hizo referencia a la necesidad de crear una comunidad europea de la energía. Su gesto, precisamente en su primer discurso como presidente, demuestra la importancia que estos ámbitos de actuación tienen ya en el discurso comunitario.

No por casualidad en la última reforma de Lisboa se produce un giro radical en la tradicional visión intergubernamentalista en las negociaciones relacionadas con el suministro energético, así como en lo que respecta a la imposición del voto por unanimidad en el seno del Consejo a la hora de tomar decisiones en las que el Parlamento Europeo ha jugado en este ámbito un papel absolutamente marginal.

Las virtudes del nuevo Tratado en este sentido tienen que ver con varios aspectos. Para empezar, se conecta la política energética con la necesaria sostenibilidad medioambiental, aludiendo, además, a “un espíritu de solidaridad entre los Estados miembros” (art. 194.1 TFUE). Hablamos de crear una nueva solidaridad de hecho, en esta ocasión en los sectores de la energía y del medio ambiente.

En Lisboa se establecen nuevas bases jurídicas para una política energética común y en la lucha contra el cambio climático. Se dispone, de forma revelante, que la adopción de la legislación que debe garantizar la consecución de los objetivos relacionados con la energía (funcionamiento del mercado, seguridad en el abastecimiento, eficiencia y ahorro, desarrollo de energías limpias, e interconexión de las redes energéticas) compete tanto al Parlamento Europeo como al Consejo, y con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, es decir, mediante codecisión.

Ello no quita que los Estados se sigan guardando un as en la manga en cuestiones energéticas, pues seguidamente se especifica que el Consejo podrá, mediante un procedimiento legislativo especial y por unanimidad, y simplemente consultando de forma previa al Parlamento, establecer las medidas oportunas cuando sean esencialmente de carácter fiscal (art. 194.3 TFUE).

A pesar de todo, no cabe duda que Lisboa constituye un paso importante hacia una comunidad europea de la energía, con todo lo que esto conlleva en materia de cooperación y en la necesidad de solidaridad interestatal. Del mismo modo, es el reflejo de una preocupación que ha ido en aumento en la escala de prioridades de los legisladores comunitarios.

En este sentido, la aprobación del paquete legislativo “Energía-Cambio climático” ha sido uno de los grandes hitos en la historia reciente de la UE en lo que concierne a estos ámbitos de actuación. El paquete, centrado en la reducción de las emisiones de CO2, en el uso de energías renovables y en la eficiencia energética, recibió por fin el visto bueno de las tres Instituciones comunitarias en diciembre de 2008, coincidiendo con el final de la Presidencia francesa del Consejo, y tras una larga y compleja negociación interinstitucional. El proceso legislativo concluyó en abril de 2009 en el seno del Consejo, con la adopción de seis actos legislativos , y previo visto bueno (incluidas enmiendas) del Parlamento Europeo.

El paquete “Energía-clima” incluye distintos textos relativos a: el fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables; el perfeccionamiento y ampliación del comercio de derechos de gases de efecto invernadero; la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero; el almacenamiento geológico de dióxido de carbono; el control y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas de la utilización de combustibles en el transporte por carretera y en la navegación interior; así como normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de turismos nuevos.

Entre los informes que se debatieron en la primavera de 2008 en el seno del Parlamento Europeo encontramos distintas medidas dirigidas hacia una mayor eficiencia en la gestión y en el consumo de energía: hablamos de aspectos como el etiquetado del consumo energético de los neumáticos, la eficiencia energética de los edificios, o un nuevo etiquetado energético para determinados aparatos.

El etiquetado del consumo energético de los neumáticos, según la Eurocámara, equivaldría a retirar entre 0,5 y 1,3 millones de turismos de las carreteras europeas, toda vez que los neumáticos constituyen un factor clave en el consumo de combustible de los coches, y teniendo en cuenta que el transporte por carretera es el responsable de cerca de la cuarta parte de las emisiones de dióxido de carbono que se producen en la UE.

Conseguir que los edificios produzcan su propia energía a partir de 2019 es otro de los aspectos fundamentales en la lucha comunitaria contra el cambio climático, así como en el objetivo de una mayor independencia energética europea: se reduciría la importación de gas del exterior de la UE (actualmente, la mitad de gas que se consume es importado) y se eliminaría uno de los principales focos de contaminación y de gasto energético (los hogares europeos suponen el 40 por ciento del consumo primario en la Unión). El objetivo no es otro que conseguir que los edificios que se construyan a partir del 1 de enero de 2019 sean capaces de producir el cien por cien de la energía que precisen.

El Parlamento Europeo dio, además, un nuevo paso hacia un renovado etiquetado energético. La revisión de la Directiva reguladora de este etiquetado lo aplicará ahora también a productos que consumen energía utilizados en los sectores industrial y comercial, además de a aparatos que no utilizan energía directamente, pero sí tienen un impacto en su consumo.

Todas estas medidas vienen a redundar en la necesidad de reducir las emisiones de CO2 para conseguir su reducción en un 20 por ciento de aquí a 2020. Este esfuerzo comunitario, que no es sino la suma de un compromiso individual de cada uno de los 27 Estados que integran la UE, coloca a la UE a la cabeza en la lucha contra el cambio climático, una lucha en la que el ahorro energético (el objetivo es reducirlo en otro 20 por ciento) y el uso de energías limpias (aumentarlo otro 20 por ciento) jugarán un papel fundamental.

Lo son ya, pero a partir de 2020 lo serán aún más: la energía y el clima, los motores de la Unión Europea en distintos vectores de la integración: la solidaridad interestatal, el compromiso compartido entre sus Estados y sus ciudadanos, y una única voz europea en el exterior genuinamente respetuosa con el medio ambiente y con el uso responsable de los recursos energéticos.


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¿Cómo se articula el reparto de competencias entre la UE y sus Estados miembros? Algunas nociones y un poco de historia

25 octubre 2009

Encarna Hernández

¿Un engranaje perfecto?

¿Un engranaje perfecto?

Clarificar el reparto de funciones entre la Unión y los Estados miembros fue una de las principales tareas que recogía el mandato de Laeken y que debía dirimirse en el marco de la Convención encargada de redactar un texto constitucional para Europa. El concepto de “reparto de competencias” surge ya en los albores de la cooperación europea, cuando en el encuentro de La Haya se habla de “divisibilidad” y posibilidad de “transferencia” de la soberanía o de parcelas de ésta. Tal noción fue sustituida más tarde por la de “atribución” a través de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. Estamos, en cualquier caso, ante una atribución de tipo “funcional”, se entiende, limitada a los objetivos de la Unión, pero que goza de algunas excepciones, como enseguida comprobaremos.

¿Transferencia o atribución?

Los dos pilares del Derecho comunitario son, como es sabido, los principios de primacía y efecto directo. Pero resulta que, a su vez, y gracias a la acción jurisprudencial del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE),  constituyen una especie de “corolario” de la noción de “reparto de competencias”. Aunque para hablar de reparto de tareas entre la Unión y sus unidades soberanas tenemos que remontarnos un tanto atrás, concretamente al  Congreso de la Haya de 1948, donde ya se recoge la noción de “transferencia de derechos soberanos”, surgiendo aquí un nuevo concepto de “soberanía” basado en la “divisibilidad”.

En la misma línea marcada en La Haya, el TJCE realiza en 1964, en su famosa sentencia “Costa contra E.N.E.L”, una interpretación de la noción de “soberanía” muy alejada de su configuración tradicional en el marco de la Teoría del Estado, y que asienta al mismo tiempo las bases de la doctrina de la “primacía” del Derecho comunitario sobre los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros. Para la Corte europea, la Comunidad está dotada de “(…) real powers stemming from a limitation of sovereignty or transfer of powers from the states to the Community, (…).” (ECJ, 1964).

El concepto de “transferencia” de competencias es, sin embargo, matizado en la jurisprudencia del Tribunal a favor de una segunda noción: la de “atribución”. La explicación que aporta la doctrina para tal giro terminológico del Tribunal atiende principalmente a la idea de que los Tratados no desposeen a los Estados miembros de sus antiguas competencias, sino que crean unas competencias “comunes” entre los Estados y la Comunidad en determinados ámbitos.

Un método funcional para la atribución de competencias: atribución limitada y algunos correctivos

A pesar de que la noción de “reparto de competencias” evoca el modelo federal, los Tratados comunitarios no utilizan una técnica federal para la distribución de tales facultades. Para empezar, no atribuyen esferas completas de competencias, es decir, competencias generales o por materias y, para terminar, no ofrecen un catálogo cerrado de competencias, a través de una enumeración que delimite las facultades atribuidas a la Comunidad y a los Estados miembros.

Por el contrario, los Tratados recogen un método “funcional” de atribución: se conceden competencias “específicas” en función de “objetivos a cumplir” y de “acciones a realizar” para tales fines (Isaac, 1983/1991: 38). Es decir, que al contrario que el Estado, que tiene una “finalidad integral”, con fines y poderes generales, la Comunidad ostenta una “finalidad funcional” que limita la competencia o poder que se le otorga (Mangas Martín & Liñán Nogueras, 2006: 115).

Tal principio de atribución limitada de competencias aparece fundamentado en el artículo 5, párrafo primero, del TCE, el cual establece que: “La Comunidad actuará dentro de los límites de las competencias que le atribuye el presente Tratado y de los objetivos que éste le asigna”. De igual forma, el artículo 7, párrafo primero, TCE, formula el mismo principio con respecto a la acción competencial por parte de las instituciones comunitarias, que actuarán “dentro de los límites de las competencias atribuidas por el presente Tratado.”

La noción de “competencias de atribución” específicas tiene, sin embargo, algunos correctivos, apareciendo, de este modo, más indeterminada en la práctica. De hecho, las instituciones europeas pueden recurrir a varios mecanismos para proceder a una ampliación de competencias: el art. 308 TCE; la técnica de la armonización de legislaciones y de las competencias implícitas; e igualmente la interpretación amplia realizada por el Tribunal de Justicia sobre el alcance de las competencias comunitarias.

La naturaleza dinámica y evolutiva del proceso de la integración europea contrasta con unas instituciones comunitarias atadas en su actividad normativa por un sistema de competencias de intervención “explícita”. Los autores de los Tratados se revelan conscientes de que los poderes conferidos a través de atribución específica son insuficientes para la consecución de unos objetivos asignados de forma concreta.

Es por todo ello que el art. 308[1] TCE prevé un recurso que permite a las instituciones adoptar las disposiciones necesarias de cara a alcanzar los objetivos de la Comunidad, y en el marco del funcionamiento del “mercado común”, siempre y cuando no exista atribución expresa (ausencia de base jurídica) o cuando ésta resulte insuficiente.

Como señalan Mangas Martín y Liñán Nogueras (2006), la “misión” de este precepto es adaptar y corregir la concepción rígida de la “competencia de atribución”, y su trascendencia radica en que permite a la Comunidad expandir sus competencias no sólo para la consecución de los objetivos del Tratado, sino también de los propios de cada una de sus disposiciones específicas.

Sin embargo, las condiciones a las que se sujeta este principio de competencia subsidiaria (a saber: su constreñimiento de cara a alcanzar los objetivos del Tratado; que se determine como necesaria la actuación de la Comunidad; y en ausencia o insuficiencia de la atribución explícita), limitan su ejercicio, impidiendo, como lo denomina Borchardt (2000)  una especie de “mandato general” que faculte a las instituciones para actuar fuera del marco de los objetivos del Tratado o para ampliar sus propias competencias en detrimento de los Estados miembros.

El recurso a la competencia evolutiva se utiliza con mucha frecuencia entre 1973 y 1992. El artículo 308 TCE es invocado como fundamento jurídico en el ámbito del “mercado común”, pero también en otros ámbitos, dada la amplitud del concepto, que incluye: las “cuatro libertades” (personas, servicios, mercancías y capitales); las políticas comunes (agricultura, pesca, transporte, comercial y monetaria), y las denominadas políticas de “acompañamiento”. La Comunidad interviene así en áreas tales como la protección del consumidor, el medio ambiente, la educación, la industria, la energía, la investigación y desarrollo, la política regional, o la cooperación al desarrollo, cuando aún no dispone de competencia explícita para ello, o ésta es considerada como insuficiente. Sin embargo, a partir de la entrada en vigor del Acta Única Europea (AUE) y del Tratado de la Unión Europea (TUE), que establecen facultades específicas para algunos de los citados ámbitos en el TCE[2], el recurso al artículo 308 TCE entra en desuso.

Los inconvenientes que la doctrina señala en lo que respecta al recurso al art. 308 TCE para proceder a una ampliación de competencias se centran principalmente en la cuestión de la ausencia de garantías de participación y control democrático: al contrario de lo que ocurre en la ampliación de facultades realizada a través del procedimiento de reforma de los Tratados, donde los Parlamentos Nacionales participan en el proceso de ratificación, el modo de proceder  a través de la competencia evolutiva deja a las Cámaras nacionales totalmente al margen, y sin que el control ejercido por estos últimos pueda ser reemplazado por el Parlamento Europeo.

Otra excepción que se desarrolla en la práctica al principio de atribución limitada de competencias se encuentra en la técnica de armonización de las legislaciones, establecida, a partir de la entrada en vigor del TUE, en el artículo 95 TCE (ex 100A). El artículo 95 TCE limita su uso a la consecución del “mercado interior”, tal y como éste se define en el artículo 14.2 TCE[3], pero la noción amplia del concepto hace difícil imponer una delimitación restrictiva para tal recurso. Ello explica que muchos expertos vean en tal precepto (más que en el art. 308 TCE) la principal posibilidad de la Unión de intervenir en un ámbito tan horizontal y genérico como el “mercado interior”.

La teoría de las competencias implícitas completa el “triángulo” competencial en virtud del sistema de atribución, sumándose a las ya comentadas en párrafos superiores: las competencias explícitas y las competencias subsidiarias. Según tal doctrina, una organización internacional puede disponer de las competencias necesarias para ejercitar eficaz y coherentemente las atribuciones explícitamente concedidas en el Tratado.

Las facultades implícitas disfrutan de especial relevancia en el ámbito de las relaciones exteriores: la competencia externa se deriva de la existencia previa de una competencia explícita en un ámbito interno concreto, en virtud de la cual la Comunidad puede celebrar acuerdos con Terceros Países o con otras organizaciones internacionales en tal ámbito. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia europeo aporta una amplia y abierta interpretación de esta competencia externa implícita de la Comunidad, reconociéndola expresamente como válida en el ordenamiento jurídico comunitario[4].

Cierta confusión a la hora de clasificar el reparto de tareas

Además del sistema de atribución, las competencias comunitarias admiten otra triple clasificación en virtud del reparto de facultades entre la Unión y los Estados miembros, y que atiende al mayor o menor grado de pérdida competencial por parte de los Estados. De este modo, existen tres tipos de competencias de algún modo aceptadas por la doctrina, aunque no siempre en la misma media, lo que refleja el carácter confuso del sistema.

En primer lugar, la Comunidad goza de competencias exclusivas[5]: ámbitos en los que tiene plena capacidad para legislar, quedando excluida la intervención estatal, salvo autorización expresa de la Comunidad. En segundo lugar, la Comunidad y los Estados miembros comparten titularidad y concurren ambos en los ámbitos de competencia compartida o concurrente[6]: la mayoría de los ámbitos referidos en el Tratado se incluyen en esta categoría, en los cuales los Estados miembros pueden seguir actuando mientras la Unión no ejerza su competencia. Estas áreas de intervención están a su vez regidas por el principio de subsidiariedad. En último término, dentro de las competencias complementarias[7], la capacidad legislativa corresponde a los Estados miembros, limitándose la actuación de la Unión a coordinar, apoyar o completar dicha actuación.

La clarificación del reparto competencial en el epicentro del debate constitucional… y lo que ha quedado en Lisboa

La Declaración 23 de Niza y la Declaración de Laeken establecen que una de las cuestiones fundamentales que tiene que dilucidar el proyecto de Tratado Constitucional es el reparto de competencias entre la Unión, sus Estados miembros y los gobiernos regionales, conforme al principio de subsidiariedad.

De este modo las competencias de la Unión se recogen en el Título III de la Parte I del Tratado (arts. I-11 a I-18). El artículo I-11 confirma los principios de atribución de competencias, de subsidiariedad y proporcionalidad, mientras que el art. I-18 retoma el fondo el artículo 308 del TCE, aunque ahora la UE podrá extender su actuación para alcanzar uno de los objetivos de la Constitución a todas las políticas contempladas en la parte III del Tratado, y no sólo al ámbito del mercado común. Como recuerdan Borrell, Garrido y López Carnero, la Cláusula de flexibilidad se introduce para evitar que la clasificación de las competencias se convierta en un “catálogo rígido”, totalmente “ajeno a la evolución de la realidad” (2003: 67).

Las novedades más relevantes que aporta el texto Constitucional a la cuestión competencial son la clasificación de las competencias (art. I-12) –que se articulan ahora en tres tipologías: exclusivas, compartidas y de apoyo, coordinación o complemento- y, sobre todo, la introducción de un “sistema de alerta temprana” para el control por parte de los Parlamentos nacionales de la correcta aplicación del principio de subsidiariedad.

Ya decíamos, en un reciente artículo sobre el principio de subsidiariedad, que la reforma de Lisboa era una digna heredera del esfuerzo democratizador del Tratado Constitucional en lo que concierne al control de la subsidiariedad. No podía ser menos en la cuestión del reparto competencial, recogido en el Título I “Categorías y ámbitos de competencias de la Unión”[8].

Aunque se hayan dejado muchas cosas en el camino que separa la Constitución Europea del Tratado de Lisboa (principalmente el reto normativo de la Unión Europea, es decir, aquel que tiene que ver con la necesidad de aclarar los cimientos de su constitución, sus valores y su identidad), el reto de clarificar el reparto de tareas entre la UE y los Estados miembros se puede afirmar que ha sido atendido con precisión.

Referencias:

Borchardt, K. D. (2000). El ABC del Derecho Comunitario (5ª edición). Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas.

Borrell, J., Carnero, C., & López Garrido, D. (2003). Construyendo la Constitución Europea. Crónica política de la Convención. Madrid: Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos.

Congress of Europe. (1948). Political Resolution. The Hague, May 1948: Resolutions. London-Paris: International Committee of the Movements for European Unity (s. d.), pp. 5-7.

Convención Europea, Grupo de Trabajo I: Subsidiariedad. (2002). Informe final. Bruselas, 23.09.2002. (CONV 286/02).

Declaración de Laeken (2001). Declaración sobre el futuro de la Unión Europea, Consejo Europeo de Laeken, 15 de diciembre de 2001.

Declaración relativa al futuro de la Unión, Tratado de Niza, 26.02.2001 (DO C 80, de 10.03.2001 pp. 85-86).

ECJ. (1956). Judgment of 29 November 1956, Case 8/55, Fédération Charbonnière de Belgique v. High Authority of the ECSC, ECR (1956), p. 292.

ECJ. (1964). Judgment of 15 July 1964, Case 6/64, Flaminio Costa v. E.N.E.L., ECR (1964), p. 585.

ECJ. (1976). Judgment of 14 July 1976, Joined cases 3, 4 and 6/76, Cornelius Kramer and others, ECR (1976), p. 1279.

Isaac, G. (1991). Manual de derecho comunitario general (2ª ed. aum. y puesta al día. G. L. Ramos Ruano, Trad.). Barcelona: Ariel. (Trabajo original publicado en 1983).

Louis, J.-V. (1995). El ordenamiento jurídico comunitario (5ª ed. corr. y aum.). Luxemburgo: Oficina de Publicaciones. (Trabajo original publicado en 1979).

Mangas Martín, A., & Liñán Nogueras, D. J. (2006). Instituciones y Derecho de la Unión Europea (5ª ed. reimpr.). Madrid: Tecnos.


[1] El art. 308 TCE dispone: Cuando una acción de la Comunidad resulte necesaria para lograr, en el funcionamiento del mercado común, uno de los objetivos de la Comunidad, sin que el presente Tratado haya previsto los poderes de acción necesarios al respecto, el Consejo, por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo, adoptará las disposiciones pertinentes”.

[2] En concreto, el TUE establece una atribución de competencia explícita en ámbitos como la educación, la formación profesional y la juventud (arts. 126 y 127), la protección del consumidor (art. 129A), la salud pública (art. 129) y la política industrial (art. 130).

[3] “El mercado interior implicará un espacio sin fronteras interiores, en el que la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales estará garantizada de acuerdo con las disposiciones del presente Tratado.” (art. 14.2 TCE).

[4] Véase a modo de ejemplo los Asuntos Fédéchar y Krame”: ECJ (1956, 1976).

[5] La competencia exclusiva se refiere a ámbitos tales como: unión aduanera; política comercial común; política monetaria dentro de la zona euro; gestión y conservación de recursos pesqueros en alta mar; y competencia leal entre empresas en la perspectiva del impacto en el comercio de los Estados miembros.

[6] La competencia compartida incluye, entre otros ámbitos, el mercado interior, la política agrícola –cuando ésta no se refiere a las organizaciones comunes de mercado, siendo en este aspecto “exclusiva”-, la política social, la política de cohesión económica, la protección de los consumidores, la política de I+D, la política de transportes o la de visados, asilo e inmigración –en relación a la libre circulación de personas-.

[7] Son competencias complementarias: la educación y formación profesional; el deporte; la juventud; la cultura; el turismo o la industria.

[8] Véase versión consolidada del TFUE (DOUE C 115,  9.5.2008).


Europa en la Onda: acercando la UE a los murcianos Entrevista con Chema Díaz

21 octubre 2009

Por Encarna Hernández

La comunicación: ¿La pieza que falta en el puzle?

La comunicación: ¿La pieza que falta en el puzle?

Europa en la Onda” va camino de convertirse en un auténtico referente del periodismo radiofónico de temática europea en la Región de Murcia. El programa, que se centra muy especialmente en dar a conocer la actividad del Parlamento Europeo a la sociedad murciana, se emite en Onda Regional de Murcia con la colaboración de la DG de Administración Local, Relaciones Institucionales y Acción Exterior de la CARM, así como de Europe Direct Murcia, y con el patrocinio de la DG de Comunicación del Parlamento Europeo. Mucho se ha hablado de la necesidad de acercar la actividad comunitaria a los ciudadanos de la Unión a través de una política de comunicación eficaz y centrada en el ámbito local-regional. “Europa en la Onda” camina precisamente en esta dirección: dar a conocer a los ciudadanos murcianos la repercusión que en sus vidas cotidianas tienen las decisiones que se toman en Bruselas y Estrasburgo. Hoy tenemos el placer de conversar con el presentador del programa, Chema Díaz, que nos descubrirá los entresijos del trabajo del equipo que hace posible que Europa esté en la onda para acercar, cada lunes, la Unión Europea a los europeos, en este caso, murcianos.

P. ¿Cómo y cuándo surgió el proyecto de Europa en la Onda?

R. No es la primera vez que Onda Regional de Murcia pone en marcha un proyecto de este tipo, hace unos años se emitió un programa de similares características denominado “Europa te habla”. Como emisora autonómica tenemos un compromiso claro de servicio público, y en esto entra acercar las instituciones europeas a nuestros oyentes para que conozcan que las decisiones que se toman en Bruselas o Estrasburgo tienen más importancia de la que se puedan imaginar.

CHEMA DÍAZ: “Como emisora autonómica tenemos un compromiso claro de servicio público, y en esto entra acercar las instituciones europeas a nuestros oyentes…”

P. ¿Tuvo algo que ver que se detectara una demanda social de información sobre la UE?

R. Pienso que se están dando pasos importantes para que los ciudadanos se interesen por el trabajo de la Unión Europea, pero lamentablemente esa demanda es todavía baja. El ejemplo lo tuvimos en las pasadas elecciones al Parlamento Europeo en el mes de junio: la baja participación y la alta abstención fueron la tónica en la mayoría de los países. Tenemos entonces un arduo trabajo por delante, y hay que recordar que el 1 de Enero de 2010 comienza la presidencia española de la UE, y que este 2009 ha sido año de comicios europeos. Eso es principalmente lo que nos ha impulsado a realizar este proyecto.

P. ¿Nos podrías contar cuáles son los principales objetivos que os proponéis con esta emisión?

R. El objetivo que tenemos es explicar a los ciudadanos, de un modo sencillo y ameno, cuál es el trabajo que realizan los órganos europeos, poniendo especial énfasis en las decisiones que toma el Parlamento Europeo. Tenemos entrevistas, noticias, reportajes, curiosidades, siempre muy pegadas a la actualidad. Por los micrófonos de nuestro programa han pasado eurodiputados como Jaime Mayor Oreja, Juan Fernando López Aguilar, David Hammerstein, o Cristina Gutiérrez-Cortines (eurodiputada murciana y actualmente la parlamentaria española más veterana). También tenemos reservado un espacio que hacemos en colaboración con el Centro de Información Europe Direct de la Región de Murcia. Lo llamamos “Europa cotidiana” y en él hablamos de cómo las decisiones que se toman en la UE influyen en nuestro día a día (consumo, salud, cambio climático, etc…). Damos una breve reseña de aquellas personalidades que han contribuído a la construcción europea, y ofrecemos una agenda con las actividades semanales más destacadas de la UE.

CHEMA DÍAZ: “El objetivo que tenemos es explicar a los ciudadanos, de un modo sencillo y ameno, cuál es el trabajo que realizan los órganos europeos…”

P. ¿Tenéis datos de audiencia? ¿Conocéis si os siguen muchos murcianos?

R. Somos un programa joven y el tema de las audiencias no nos preocupa en demasía. El objetivo de “Europa en la Onda” no es buscar grandes audiencias sino que los oyentes estén bien informados sobre lo que ocurre en la Unión Europea. No obstante por las informaciones que me llegan creo que son cada vez más los que se conectan a nuestro dial, y eso es positivo.

P. ¿Creéis que la sociedad murciana está lo suficientemente informada sobre los asuntos comunitarios y en concreto sobre los que afectan a la Región?

R. Creo que muchos asuntos que llegan desde Europa lo hacen en clave de debate institucional, con términos que no se entienden y eso termina aburriendo a la gente. Todos hemos oído hablar de la ratificación del Tratado de Lisboa, pero estoy seguro que son muy pocos los que entienden qué va a significar la entrada en vigor del tratado y qué beneficios traerá. En mi opinión, esa falta de conexión con el ciudadano de a pie podría ser una de las causas por la que la gente muestra escaso interés por la información europea. No obstante, creo que los medios de comunicación tenemos que jugar un papel decisivo, y Onda Regional está apostando por mantener informados a los murcianos sobre lo que ocurre en Europa. Hace pocos días se celebraron en Bruselas los “Open Days 2009” o Semana Europea de las Regiones y nuestra emisora estuvo presente. En esa cita se ofrecieron muchas claves para salir de la crisis económica y hacer frente a retos como el cambio climático. Nuestro compromiso, aunque suene repetitivo, es que los oyentes estén al tanto de todo lo que se cuece en Europa.

P. Una última cuestión, como profesional de la comunicación, ¿crees que los propios periodistas españoles y murcianos están lo suficientemente preparados para comprender e informar sobre los asuntos europeos? ¿Estarías a favor de que existiera una especialización en este sentido en las carreras de comunicación?

R. No sé si soy la persona más adecuada para responder a esta pregunta. Yo soy un recién llegado en esto de la información europea (llevo realizando el programa desde principios de 2009), pero “Europa en la Onda” me está sirviendo un poco de master acelerado. Creo que todos tenemos algunas nociones de lo que significa la UE, de sus instituciones, etc…Pero evidentemente para informar sobre cuestiones europeas hay que profundizar en conocimientos, y lógicamente estar en contacto con las personas que generan la información. No estaría nada mal esa especialización a la que haces referencia…

CHEMA DÍAZ: “Ha sido un placer responder a tus cuestiones. En nombre de todo el equipo que hace posible “Europa en la Onda” y de Onda Regional de Murcia, gracias por todo.”


MÁS SOBRE “EUROPA EN LA ONDA”…

¿Cuándo, dónde y cómo escuchar “Europa en la Onda”? Todos los lunes, desde las 21.30h hasta las 10.05h, en Onda Regional de Murcia, en el 105.3 FM o C60 Radio TDT, y también a través de Internet (http://www.orm.es/). ¿Qué secciones fijas tiene el programa? En “Europa en la Onda” se habla de personajes y efemérides de la UE, del trabajo del Parlamento Europeo, de la Europa cotidiana, y de la agenda comunitaria.


MÁS SOBRE NUESTRO ENTREVISTADO…

José María Díaz Bañón (Yecla,1974), es periodista Licenciado en Ciencias de la Información por la Universidad San Pablo CEU de Valencia (1992-1997). En la actualidad es locutor y redactor de Onda Regional de Murcia, emisora donde ya estuvo desempeñando labores informativas en 2005 en la delegación de Cartagena. En radio también ha trabajado en los servicios informativos de Onda Cero Región de Murcia entre los años 1998 y 2000. Su experiencia en televisión se inicia ese año en Televisión Murciana donde desarrolla su carrera profesional hasta el año 2004 como editor, redactor y presentador de informativos y programas. En noviembre de 2004 pasa a ser Jefe de Redacción de Popular Televisión Región de Murcia, tarea que desempeña hasta Junio de 2005.


Una Europa unida

18 octubre 2009

Encarna Hernández

Caída del muro de Berlín

Caída del muro de Berlín

Pronto se cumplirán 20 años de la caída del Muro de Berlín, símbolo de una Europa dividida que además se había convertido, tras la II Guerra Mundial, en el escenario de una nueva batalla, esta vez subrepticia, entre dos superpotencias nucleares, la URSS y EEUU, que se disputaban la supremacía mundial.

Pero aquella vieja imperialista Europa buscaba también desde principios de los cincuenta una unidad basada en la reconciliación y en la prosperidad. Buscaba recuperar su liderazgo en el nuevo orden mundial de postguerra. Buscaba, para empezar, y ante todo, la paz.

El desarrollo de la integración europea, cuyas primeras décadas coincidieron y cohabitaron con un mundo dividido, ha dado lugar al mayor periodo de paz en nuestro Continente. En 2007 se cumplieron 50 años de la firma de los Tratados de Roma: 50 años de una paz y de una prosperidad asentadas en la cooperación y en la solidaridad.

La caída del muro de Berlín es otro de esos símbolos, de esos devenires que cambian la Historia, con Mayúsculas. Significó el principio ya imparable de la desintegración de la URSS, una amenaza vista desde el otro lado del Atlántico en términos geopolíticos (léase, expansionismo soviético) e ideológicos (léase, Comunismo).

Pero quisiera, en este 20 aniversario, quedarme con otra lectura, la de este lado del Atlántico. La caída del Telón de Acero hizo posible la ampliación de la Unión al Este, pero, ante todo, supuso el fin de una Europa dividida, el símbolo de una Europa unida, en paz y en prosperidad.

Los símbolos son capaces de hacernos soñar. Son capaces de rellenar de significado, de contenido, este gran envase que es la Europa unida. Son capaces de cimentar una estructura aún débil y llena de contradicciones, desajustes y desacuerdos. Necesitamos los símbolos, esos que nos han sido extirpados en la reforma de Lisboa, eliminando todo lo que nos recordara que un día estuvimos cerca de tener una Constitución para Europa.

Esta Constitución va camino de convertirse en un símbolo, en uno de esos que se escriben con Mayúsculas, como se escribe con mayúsculas Federación o Estados Unidos de Europa. Conviene no olvidarnos de estos emblemas. Y conviene que no olvidemos éste en concreto: la caída del Muro de Berlín en la madrugada del 10 de noviembre de 1989. Representa muchas cosas para Europa y para los europeos.

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Francisco Sosa Wagner y el futuro de Europa. Entrevista con el eurodiputado español de UPyD

13 octubre 2009

Por Encarna Hernández

Francisco Sosa Wagner

Francisco Sosa Wagner

Firme defensor de la fórmula federal que impulsaron los “padres fundadores” de la unidad europea, el eurodiputado Francisco Sosa Wagner (Grupo de los No Inscritos) considera que ha llegado la hora de superar el concepto de Nación en las relaciones internacionales. Ésta es la visión esencial que sobre el futuro de la UE tiene este jurista que desde las pasadas elecciones europeas de junio se ha convertido en el primer representante de Unión, Progreso y Democracia en la Eurocámara. Pero en sus palabras encontramos también al hombre que reconoce emocionarse con la música de Beethoven y los versos de Schiller, figuras que encarnan, al mismo tiempo, un auténtico germen cultural europeo. A nosotros, los ciudadanos europeos de a pie que creemos también en la “finalidad” política y federal de la Unión, no nos quedó otro remedio que emocionarnos igualmente con su último discurso en la sesión plenaria del Parlamento Europeo el pasado 7 de octubre, a propósito del “sí” irlandés a Lisboa. Aquel día, con su intervención, Sosa Wagner, el eurodiputado, el jurista, el ciudadano europeo, nos presentó su visión sin fisuras de la Europa que se construye desde el hemiciclo que se alza como el pilar fundamental de la democracia comunitaria: el Parlamento Europeo, “el palacio de la Quimera”, “el palacio de los sueños”.

Hoy tenemos la suerte de tenerle como protagonista en este blog. Gracias, profesor Sosa Wagner, por atender tan amablemente a nuestro cuestionario. Aquí os dejo el resultado.

P. Tuvimos la ocasión de constatar su defensa del horizonte federal de la Unión Europea en un artículo publicado el El Mundo (29/09/2009), en el que, además, afirma con rotundidad que Europa no es una nación, “ni falta que le hace”. Afirma que es precisamente desde este “déficit”, desde esa diversidad fecundadora, desde donde la Unión debe tomar impulso. En este sentido, nos gustaría saber si considera errónea la tendencia en el intento de europeizar las identidades de los ciudadanos de la Unión utilizando para ello las mismas fórmulas que el Estado-nación, es decir: himno, bandera, matrículas, moneda, etc.

R. En efecto, defiendo una concepción federal de la Unión europea porque me parece que es la fórmula que emplearon los padres fundadores y para comprobarlo no hay más que leer las Memorias de Jean Monnet donde aparece muy claro su ideario federal. Pero no es el único y parecidas posiciones encontramos en los escritos de Robert Schuman, de Adenauer y del propio De Gasperi. Creo además que esta concepción federal es la que mejor cuadra para fortalecer Europa, toda vez que la creación de grandes conjuntos geográficos de carácter político y económico es una exigencia insoslayable del siglo XXI.

Respecto al concepto de nación, he defendido en mi libro “El Estado fragmentado” el declive jurídico político de este término, falto ya en estos momentos de la ambición conformadora con que nació a finales del siglo XVIII y se mantuvo durante buena parte del XIX. De la nación nacerá el nacionalismo que es la peor enfermedad del siglo XX. Sin embargo esto no quiere decir que todo aquello que el concepto de “nación” llevaba en su panza haya de ser tirado por la borda. La nación ha servido para integrar colectividades humanas y ésta es una dimensión que puede servir, no para crear una nación europea, sino para conformar y dar realce a una cultura europea que asuma todo lo bueno y lo malo del legado histórico del que los europeos somos depositarios. Respecto de determinados símbolos, yo confieso que me emociono al oír la música de Beethoven y los versos de Schiller.

Intervención en el Pleno del 7/10/09

Intervención en el Pleno del 7/10/09

P. Volviendo a ese horizonte de la construcción federal de la que hablábamos al principio, el propio derecho comunitario viene siendo interpretado por juristas y teóricos constitucionales como una auténtica constitución material. ¿Está de acuerdo con esta visión de autores como Weiler o Díez Picazo en el sentido de que existe un proceso de “constitucionalización” en la construcción legal de la Unión? Aún más, a propósito de la malograda Constitución europea, ¿Se puede hablar de texto de naturaleza constitucional y no hablar de federación?

R. La magia de las palabras es mucha pero no quisiera enredarme en esta idea de algunos de mis colegas relacionada con la Constitución, tanto en sentido material como formal. Creo que el Tratado de Lisboa es un buen mecanismo para seguir avanzando y en ese sentido lo defiendo, consciente como soy de que el edificio europeo hay que ir construyéndolo paletada a paletada, como por cierto nos enseñó también Monnet.

P. Los últimos acontecimientos electorales en Europa han revelado el declive del socialismo en nuestro Continente. En el caso concreto de la Eurocámara, hemos visto que el PSE ha pasado de ser el grupo mayoritario a verse en la necesidad de buscar la alianza con un sector de los demócratas. Para empezar, se ha comenzado legislatura con el voto de confianza a J. M. Durao Barroso de parte de un sector del socialismo europeo. Partiendo de este hecho, pero poniendo la vista más a largo plazo, ¿qué consecuencias considera que puede tener para el futuro de la integración europea este declive del socialismo?

R. En efecto el declive del socialismo en nuestro continente es palmario. Creo que esto viene de no haber sabido asimilar la lección que al mundo dio la caída del muro de Berlín y a la falta de cabezas creadoras e imaginativas. Diría que hay mucho burócrata en el socialismo europeo pero poca reflexión arriesgada y de altos vuelos. El hecho de que en la última elección del Presidente de la Comisión, el grupo socialista no haya sido capaz de presentar a un candidato, avala concluyentemente esta impresión. Y subrayo la importancia de la presentación del candidato porque a mi me hubiera gustado oírle exponer su visión de Europa y contrastar si es muy diferente de la que sostiene un hombre tan conservador como Barroso.

P. Se cumplen ahora diez años de la Asociación Estratégica ALC-UE. Precisamente, en 2010 se celebrará en nuestro país la VI de estas Cumbres, que además coincidirá con la presidencia española del Consejo de la UE. ¿Cree que esta presidencia puede contribuir decisivamente a reactivar el diálogo bilateral entre la UE y América Latina? ¿Considera que este diálogo se ha estancado en los últimos años?

R. Sobre este asunto de las relaciones entre la Unión Europea y América Latina todavía no he tomado contacto con él, a finales de este mes de octubre haré mi primer viaje a ese continente y allí me empezaré a formar una idea propia.

P. Por último: hace unas semanas tuvimos conocimiento del proyecto de crear un grupo parlamentario bajo las señas de “Más Europa, Más ciudadanía”. ¿Nos podría contar, en líneas básicas, qué modelo institucional y qué modelo de integración defendería este nuevo grupo en el Parlamento Europeo?

R. En efecto tratamos de crear un grupo parlamentario propio en el Parlamento Europeo que asuma las líneas programáticas de Unión Progreso y Democracia pero soy consciente de las dificultades que tengo. De todas maneras esfuerzos no regatearé porque, como decían los latinos, “per aspera” se llega “ad astra”, es decir, por las dificultades se llega a las estrellas, esas que justamente conforman la bandera europea.

……….

Francisco Sosa Wagner es catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de León. Además de jurista y escritor (su último libro, publicado en 2009, Juristas en la Segunda República, de la editorial Marcial Pons), es experto en política autonómica, contribuyendo en su momento al diseño del modelo autonómico español. En los comicios de junio de 2009 fue elegido eurodiputado como cabeza de lista de Unión, Progreso y Democracia. En el Parlamento Europeo, trabaja como miembro de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, así como de las Delegaciones en la Comisión Parlamentaria Mixta UE-Chile y en la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana.

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Nota de la autora: Esta entrevista ha sido incorporada a la página en Wikipedia de Francisco Sosa Wagner.


Hacia una educación para la ciudadanía… europea

11 octubre 2009

ENCARNA HERNÁNDEZ

Hablar de educación es hablar del futuro de Europa. Hablar de una dimensión europea de la educación es hablar de la ciudadanía europea. Cuando Jean Monnet, uno de los padres de Europa, afirmó que “si pudiera empezar otra vez, empezaría por la educación” se estaba refiriendo a la educación como un instrumento esencial para motivar e informar la participación ciudadana, así como para conformar las identidades, los sentimientos de pertenencia, la solidaridad entre personas, pueblos y naciones.

Celebracion del Dia de Europa

Celebración del Día de Europa

Educar ciudadanos, dentro y fuera de los muros de la escuela, es sinónimo de sembrar afectos, de enriquecer conocimientos e instruir en capacidades cívicas, políticas y sociales; es decir, la base sobre la que levantar el inmenso edificio comunitario, y, en realidad, los cimientos sobre los que sustentar cualquier democracia que se precie de su salubridad. Pero, a la hora de hablar de una educación para la ciudadanía europea, es necesario en primer lugar definir una serie de bases conceptuales y dar cuenta de las realidades observables que explican el porqué la educación democrática se ha convertido en una preocupación no sólo restringida al ámbito nacional o europeo, sino verdaderamente planetaria.

Una ciudadanía virtuosa es sinónimo de una democracia sana y estable

El fomento del ejercicio activo y responsable de la ciudadanía se ha tornado en una de las tareas en las que las democracias occidentales han puesto un mayor empeño en las últimas décadas. En este renacido interés por la cuestión de la educación ciudadana se enmarcan las reformas educativas llevadas a cabo desde finales de los noventa en países como Estados Unidos, Canadá (Quebec), y en naciones de nuestro entorno como Gran Bretaña, y sin ir más lejos, España.

¿Las razones? El crecimiento de actitudes de apatía y desconfianza entre los ciudadanos hacia la política en general, especialmente entre los jóvenes, en los que se atisba un “pasotismo” político que se traduce en la vida pública en un marcado déficit en lo que respecta a su compromiso cívico y a su participación política. Los jóvenes son también los protagonistas del uso masivo de nuevas tecnologías en la sociedad de la información, a lo que hay que sumar el preocupante incremento de la violencia (el denominado “bullying”) y del racismo en las aulas.

Vivimos en una sociedad en la que las transformaciones operadas por la globalización (económica, política, cultural, tecnológica, etc.) han desfigurando los espacios tradicionales de la interacción humana, muy especialmente los que se refieren a la participación cívica y a la adhesión identitaria. Asistimos a un mundo repleto de oportunidades para estrechar lazos en mundos virtuales, para desarrollar identificaciones despojadas de tensiones contradictorias.

Asistimos, en esta época, al desarrollo de una cultura y de un pensamiento postmoderno que reacciona frente a los valores de la modernidad, para oponer el relativismo de los valores, la actitud de vivir en el presente por encima de todo (socavando la capacidad de adquirir compromisos de futuro y de responsabilizarnos de nuestras elecciones), y unos principios individualistas que repercuten en la búsqueda del bien común de nuestra sociedad. En este sentido, la ruptura del vínculo social es otra de las características de nuestro tiempo, muy relacionada con ese individualismo narcisista que caracteriza la postmodernidad y la sociedad postindustrial.

A estos retos imponentes se enfrenta la educación en la actualidad. Retos a los que, como recordó Jacques Delors en un famoso informe de la UNESCO sobre la educación para el siglo XXI, sólo podrá hacer frente si se dota a cada persona de las habilidades y capacidades necesarias para ejercer una participación activa durante toda la vida en un proyecto de sociedad. Estamos, precisamente, ante el objetivo fundamental de toda educación para la ciudadanía.

Pero los horizontes de la educación son también, esencialmente, desafíos para la propia supervivencia de unas democracias occidentales que arrastran una preocupante crisis de legitimidad. Lo suscriben importantes teóricos de la ciudadanía como Kymlicka y Marshall: la salud y estabilidad de nuestro sistema democrático depende en gran medida del grado de civilidad y de las cualidades y actitudes de sus ciudadanos.

Aprender y vivir la democracia dentro y fuera de la escuela

Como materia independiente o como contenido integrado en varias materias; como asignatura obligatoria u optativa; como tema central que recorre todo el currículo escolar o como principio que inspira el funcionamiento del centro educativo, incluso todo el sistema escolar. Sea cual sea el formato que adopte, la educación para la ciudadanía democrática está conformada por unos vectores esenciales que implican enseñar, comprender, interiorizar y experimentar una serie de conocimientos, valores, actitudes y capacidades en una dimensión cognitiva, afectiva y pragmática.

Se trata de un proceso de “aprendizaje permanente” que abarca, más allá del ámbito escolar, todas las etapas y esferas de la vida. El objetivo de esta enseñanza es lograr una participación activa y responsable en la vida social y política de las comunidades, lo que exige un buen conocimiento de nuestros derechos y deberes como ciudadanos, así como la sensibilización con una serie de valores en los que se inspira nuestra convivencia en sociedad: la democracia, la ley, la justicia social, los derechos humanos, la igualdad, la libertad, la solidaridad, la tolerancia y el respeto por la diversidad.

Se trata, en definitiva, de impulsar una participación activa en la vida pública alejada de la pasividad de una noción de ciudadanía entendida como mero estatus legal; un ejercicio de la ciudadanía inspirado por unos valores que nos alumbran como sociedad democrática, y que conlleva, a su vez, el desarrollo de vínculos de pertenencia que nos hacen sentirnos identificados con la unidad política y social en la que nos movemos.

Nadie puede dudar del papel de la escuela para desarrollar competencias sociales y ciudadanas. No olvidemos los lazos históricos entre educación y ciudadanía, que impulsaron la creación del sistema de escuela pública y la educación obligatoria. La institucionalización de la escuela contribuyó en buena medida al nacimiento de la ciudadanía moderna y a la consolidación del Estado-nación. El vínculo entre educación y ciudadanía ha sido una de las principales utopías de la modernidad, y lo sigue siendo en la postmodernidad. Si en su día ayudó de forma inestimable a la construcción de la identidad nacional, ¿por qué no apostar ahora por la educación para crear una identidad que supere las barreras de la nación y nos haga sentirnos partícipes y responsables en tanto que ciudadanos europeos y “ciudadanos del mundo”?

Pero la enseñanza de la democracia no empieza ni acaba en la escuela, y mucho menos puede limitarse a impartir unos contenidos dentro de un aula. Esto implica, en primer lugar, a la propia organización, estructura y funcionamiento interno de los centros educativos, en el sentido de que debe existir coherencia entre los principios democráticos que se transmiten a través del currículo y los cauces reales de participación que ofrece la estructura formal del centro a todos los actores implicados: docentes, alumnos, padres, comunidad local, etc. Los alumnos tienen que poder experimentar la democracia de forma significativa en su propio microcosmos escolar; si no se les ofrece esta posibilidad, cualquier lección cívica resultará frívola y superficial.

La democracia no sólo se enseña a través de una lección magistral en el aula, sino que se potencia y se vive también en las actividades extraescolares, en la vida en familia, con nuestras amistades, en nuestro barrio, en la comunidad local, y en las organizaciones de la sociedad civil. En cada ámbito de nuestra vida tenemos nuestra pequeña escala de valores, nuestra propia Constitución, nuestros derechos y responsabilidades que compartimos con los demás.

Educar ciudadanos europeos: conocer Europa, sentir Europa, participar en Europa

El impulso de una cooperación europea para desarrollar una Dimensión Europea de la Educación es un objetivo que ha estado desde sus inicios conectado con la visión de construir un sentimiento identidad europea y de dar sentido al ejercicio de una ciudadanía europea activa. Esta conexión queda definida ya desde la Resolución de 1988 del Consejo de Ministros de Educación sobre la DEE, que habla de la necesidad de “fortalecer en los jóvenes el sentido de identidad europea”, a través de actividades y contenidos que les aclaren los valores en los que se asienta la historia y el futuro de Europa.

Esta visión de la DEE sostenida en la formación en valores, el desarrollo de actitudes y la adquisición de competencias ligados a la ciudadanía europea, se refuerza tras la contribución del Libro Verde de la Comisión sobre la DEE, de 1993. En realidad, el Tratado de Maastricht no explicitaba tal conexión, y se ha tenido que esperar hasta la última reforma de los Tratados, la operada en Lisboa en 2007, y que aún no ha entrado en vigor, para asistir a una modificación del artículo 149 del TCE en la dirección de incluir entre los objetivos de la actividad comunitaria en educación el fomento de “la participación de los jóvenes en la vida democrática de Europa” (art. 165.2 TFUE).

Volviendo al documento de 1993, en éste se especifica que el “valor” añadido de la acción comunitaria en el ámbito de la educación descansa en la contribución a una ciudadanía europea basada en unos valores comunes de interdependencia, democracia, igualdad de oportunidades y respeto mutuo hacia las distintas identidades étnicas y culturales, y por ende, apoyada en una educación sostenida en estos parámetros. La dimensión europea de la educación para una ciudadanía activa está implicada, como no puede ser de otra forma, en las mismas dimensiones cognitiva, afectiva y pragmática que cualquier educación para la ciudadanía.

Portada del libro ¡Vamos a explorar Europa!

Portada del libro ¡Vamos a explorar Europa!

En otras palabras, no puede limitarse a enseñar nuestros derechos y responsabilidades en tanto que ciudadanos de la Unión, ni a enseñar la geografía, la historia europea, la historia de la integración, y el funcionamiento de las instituciones comunitarias. Necesitamos, en igual medida, reinteriorizar una serie de principios y valores para formar una actitud que sintonice con una comunidad plural y diversa, y facilitar la adquisición de las aptitudes que se precisan para participar en la comunidad transnacional. En resumidas cuentas: conocer Europa, sentir Europa y participar en Europa.

A la vista de los acontecimientos que vienen rodeando al proceso de la integración europea, tales como “noes” en referendos de ratificación de los Tratados y altos índices de abstención en las elecciones europeas, ha llegado el momento de apostar de una forma consensuada y sin fisuras por una dimensión europea de la educación dirigida a ofrecer soluciones a los profundos déficits de información, de conocimiento y de afectos que encontramos en gran parte de la ciudadanía europea. Para una unión de mercado no son necesarios esos elementos, bastaba con un acuerdo entre la elite política, pero la unión política y federal precisa de bases mas sólidas.

Europa no se construirá con o sin los ciudadanos. Europa sólo se construirá con los ciudadanos. Así que, recomencemos, esta vez desde la educación.


El sí de Irlanda desde el prisma latinoamericano

8 octubre 2009

Fuera de la UE hace mucho frío“. Así comienza un interesante artículo de Héctor Casanueva, Director Ejecutivo del Centro Latinoamericano para las Relaciones con Europa (CELARE), y publicado en el diario chileno El Mostrador. La citada frase, que pertenece a un editorialista del diario El Mundo, es interpretada por el profesor Casanueva, al hilo del “sí” irlandés en segunda convocatoria, como la respuesta “a una toma de conciencia colectiva de la importancia de la integración en un mundo incierto, altamente competitivo y con nuevos desafíos globales“.

La unión latinoamericana también es objeto de análisis en el artículo. “¿Y cómo andamos por casa?” Se pregunta el articulista: pues aunque reconoce que no se pueden comparar ambos procesos por tratarse de realidades bien distintas, sí que se reconoce la necesidad de afrontar los mismos desafíos, retos que convierten el camino de la integración en “una necesidad evidente“.

La integración latinoamericana no tiene necesariamente que seguir el modelo comunitario, pero sí su ejemplo. Un ejemplo y unos avatares y acontecimientos que, como la ratificación de Lisboa en Irlanda, “no son en absoluto lejanos y deberían ser fuente de reflexión por estos lados“.

Tendremos tiempo de debatir más ampliamente estas cuestiones con el profesor Casanueva, ya que nos ha prometido una entrevista para este blog. Mientras tanto, y a modo de aperitivo, os invito a leer su excelente artículo: El sí de Irlanda y nuestra integración


Irlanda: el precio de un “Sí”

5 octubre 2009

ENCARNA HERNÁNDEZ

¿Más soberanía o más Europa?

¿Más soberanía o más Europa?

Entre el Tratado de Maastricht y la reforma de Lisboa existen una serie de parecidos razonables. El primer paralelismo lo encontramos en la demora en la fecha de entrada en vigor del texto: ambos con más de un año de retraso. El segundo, relacionado con el primero, son una serie de obstáculos que trabaron la ratificación: los “noes” en dos referendos populares en sendos países miembros. El parecido más que razonable se corona con el precio de un “Sí” que se traduce en las denominadas “cláusulas de exención” (“opt-out”). El resultado, inevitable: una Unión en la que sus Estados miembros caminan a distintas velocidades en su grado de integración y cooperación, de solidaridad interestatal, de sacrificio compartido y de solidaridad mutua.

Allá por mediados de diciembre de 1992, en el Consejo Europeo de Edimburgo, los Jefes de Estado y de Gobierno de la Europa de los “Doce” tenían encima de la mesa de negociación la urgente tarea de encontrar una solución al “problema danés”. Tal problema no era otro que el “no” registrado en el referendo popular del 2 de junio de ese mismo año, cuando los ciudadanos daneses declinaron la ratificación del Tratado de Maastricht.

En Edimburgo se decide dar respuesta a una serie de disposiciones del TUE definidas como problemáticas por el propio Gobierno danés y que fueron recogidas en un documento titulado “Dinamarca en Europa”. Tales problemáticos preceptos de Maastricht eran principalmente los siguientes: la dimensión de la política de defensa; la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria (UEM); la ciudadanía de la Unión; la cooperación en los ámbitos de Justicia e Interior, y la efectiva aplicación del principio de subsidiariedad.

La concesión, el precio de un “Sí”, tuvo lugar en ese mismo Consejo de Edimburgo, concediéndose a Dinamarca la citada “cláusula de exención” en diferentes aspectos que afectan al Tratado. Para empezar, Dinamarca no participaría en la moneda única (tercera y última fase de las previstas para alcanzar la plena UEM), y conservaría sus competencias en materia de política monetaria. Además, la participación danesa en la política de defensa en el marco de la UEO también se ve matizada; mientras que se aclara que la ciudadanía de la Unión no se concibe como sustitutiva de la ciudadanía nacional, siendo cada Estado miembro el que determina la posesión de la nacionalidad en virtud de sus leyes internas.

Tras el acuerdo, y con cambio de Gobierno incluido, el 18 de mayo de 1993, en una segunda consulta, los ciudadanos daneses ratifican finalmente el Tratado de Maastricht, con casi el 57 por ciento de votos a favor. En septiembre de 2000 (tras la adopción de la moneda única por parte de once Estados miembros en enero de 1999), el “no” de Dinamarca al euro queda finiquitado mediante referendo popular.

Aunque Dinamarca no fue la única que se desligó del compromiso de entrar en la moneda única. Además del protocolo danés, se anejó al Tratado otro protocolo relativo al Reino Unido e Irlanda del Norte: mientras que el primero somete la incorporación a la tercera fase de la UEM a un referendo popular, en el segundo queda sometida a una decisión del Parlamento.

Tanto Reino Unido como Irlanda se abstuvieron igualmente de participar en el Protocolo sobre la política social anejo al TUE. Este protocolo suponía una continuación a la Carta Comunitaria de los Derechos Fundamentales de los Trabajadores, de finales de los ochenta, y explicitaba, entre otras cosas, la mejora de las condiciones laborales a través de una protección social adecuada, fomentando el diálogo social, desarrollando un nivel de empleo adecuado y estable, así como la lucha contra las exclusiones en el terreno laboral.

El “opt-out” británico al protocolo social causó cierta confusión en una parte de la clase política del país, especialmente entre el Partido Laborista, que reclamaba más Europa social. Finalmente, el sector conservador liderado por el primer ministro J. Mayor salió reforzado en las elecciones generales de abril de 1992. Un año después, durante el verano de 1993, la Cámara de los Comunes, primero, y la de los Lores, después, ratificaron el Tratado.

La Europa social y la moneda única fueron las grandes perjudicadas de los envites soberanistas que se dieron cita en la ratificación de Maastricht. Algo más de dos décadas después hemos vuelto a comprobar el precio de un “sí”. Esta vez ha sido en Irlanda, cuyos ciudadanos ya fueron los protagonistas del sonado “no” a Niza, y que en esta ocasión han mantenido en vilo a Europa tras el rechazo a la ratificación de la reforma de Lisboa en la primavera de 2008.

Han sido muchos meses de “tira y afloja”, hasta que el pasado junio, en la reunión del Consejo, se ofrecieron a Irlanda las garantías sociales, militares y fiscales necesarias para asegurar una victoria del “sí” en una próxima consulta. Además de asegurarse el mantenimiento de un comisario, se concedieron a Irlanda garantías jurídicamente vinculantes relacionadas con su legislación en temas como el aborto, su neutralidad militar, no sujeta a ninguna alianza defensiva, los derechos sociales y su autonomía fiscal.

Bridget Laffan, of the Ireland For Europe campaign, celebrating the Yes side’s referendum victory in Dublin Castle on Saturday. Photograph: Brenda Fitzsimons

Bridget Laffan, of the Ireland For Europe campaign, celebrating the Yes side’s referendum victory in Dublin Castle on Saturday. Photograph: Brenda Fitzsimons

El “sí” llegó finalmente en el nuevo referendo celebrado el reciente 2 de octubre. ¿ Cuál es el precio de este “sí”? Tal vez, cuando dentro de unos años observemos este pasaje de la historia de la integración europea podamos ver las circunstancias que rodearon la ratificación de Lisboa desde una perspectiva más aventajada, como vemos hoy día la ratificación de Maastricht. Aunque nos tememos que el precio de un “sí” puede ser el mismo en Maastricht y en Lisboa: el objetivo, el ideal, de “más Europa”.


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